Análisis del diálogo sobre la justicia en la película “Tesis sobre un homicidio”




“Tesis sobre un homicidio” es una película hispano-argentina[1] con una serie de diálogos muy interesantes para diversos tópicos – sobre todo- para el derecho y la filosofía. Si bien es cierto, tengo como persona una afición por las películas donde actúa Ricardo Darín y por el cine argentino en general, debo confesar que terminé impactado de sobre manera por el diálogo que sostiene Roberto Bermúdez (Ricardo Darín) abogado y catedrático en post-grado de Derecho y Gonzalo Ruiz (Alberto Ammann), alumno del curso de derecho penal en post-grado de Bermúdez, durante la presentación del libro del primero. El diálogo hace referencias interesantes a la justicia, como valor, a la teología real del derecho y finalmente a cuestiones filosóficas que valen la pena analizar. Si bien, la película gira en torno a un homicidio y tiene matices muy interesantes para analizar como película en este texto sólo haré un análisis al diálogo que ambos personajes sostienen.

La escena se reproduce en la librería donde Bermúdez acaba de realizar la presentación de su libro “La estructura de la justicia” y es abordado de forma imprevista por Ruiz quien le da a conocer su opinión sobre lo que él considera que es la justicia. El diálogo inicia de la manera siguiente: “…tiene que ver con lo que Ud. Decía hace un rato, un juez no hace justicia, trata de hacer cumplir la ley. El mayor engaño de las sociedades modernas es hacernos creer que lo legal es justo; el problema es que las leyes y la noción de justicia están establecidos por un grupo de personas que lo único que buscan es sostener su poder. Lo que digo es yo puedo aplastar una mariposa y retorcerla hasta que muera y eso no es ilegal, ahora si esa mariposa pertenece a una colección invaluable de algún multimillonario puedo ir preso. No es el acto en sí lo que se juzga, la ley no nos protege de un hecho aberrante, la ley sólo interviene si ese hecho aberrante amenaza la voluntad de poder”. Luego el alumno Ruiz continúa y dice “vivimos en una anarquía y nadie parece darse cuenta, todos los días alguien aplasta y retuerce una mariposa y ninguna ley puede hacer nada para impedirlo”.

Resulta anecdótico que una frase tan complicada para el derecho se encuentre escondida en un diálogo de una película en la cual se hace una tarea imprescindible analizar para poder iniciar un debate sobre lo que entendemos por justicia o como dice el título del libro sobre la estructura y el espíritu de la justicia. Para este fin, debemos sustentarnos como lo hace Darín, al momento de encarnar al catedrático Bermúdez, en los “detalles”. Necesitamos para este fin realizar una serie de pequeños trabajos para poder entender en qué ámbito está forjado el diálogo donde sus componentes tienen un valor esencial para delimitar qué es lo que se constituye como justicia. Para este fin es necesario separar en burbujas que puedan ayudarnos a identificar cada aspecto del diálogo.

La estructura de la justicia requiere de un análisis que nos permita ver a la justicia como un objeto al cual podemos acceder mediante la razón, para este fin el derecho se ha encargado de teorizar de diversas formas a la justicia. Dentro de este aspecto se destaca el sentido de justicia en la búsqueda del cumplimiento de un “telos”, es decir como un proceso que se sigue para alcanzar un fin en sí mismo, que constituye la construcción de la justicia como tal al momento de ser alcanzada. Este proceso requiere, evidentemente, de una serie de hechos sociales que conciban la existencia de la norma a su vez que la norma y la valoración del hecho descansen en el pilar de “un valor”, bueno, la tarea requiere de la constitución de un rol social en el cual se distinga la necesidad de la una creación de estado de justica. Esto toda vez parte de la necesidad de un mundo estable (la justicia presenta esta característica inmutable, donde lo “realmente” justo se mantiene inmutable en tiempo pese a las circunstancias) De esta forma, el mundo sensible es sólo el mundo cambiante por lo tanto meramente aparente es decir irreal[2]. Partimos entonces, desde la premisa que enmarca que pese a lo cambiante de la norma esta cumplirá un fiel seguimiento a su “telos”, este final es precisamente el que constituye la dación del cumplimiento de un mundo suprasensible en cuanto a la formación de un juicio que permita el cumplimiento o sanción de un hecho el cual no se considere justo y más aún que este hecho tenga su reafirmación en lo que la ley dice o prohíbe por lo cual su fundamento esencial se ampararía en la justicia; sin embargo, queda claro que el núcleo de la justicia se traduce en la necesidad de la existencia de un mundo suprasensible en el cual sea posible la necesidad de un ente no cambiante, este ente, es en efecto el mismo que es contrario al mundo real totalmente cambiante.

De esta forma, cabe precisar que el diálogo planteado por el alumno hace una estrecha referencia a la naturaleza, per se, de la justicia, es decir a lo más profundo de su estructura como tal. Por ello, es que al no encontrar un fundamento en la fuerza efectiva de lo suprasensible, es decir en los valores religiosos y laicos de la humanidad, el sentido de justicia se pierde y entra a convertirse en una herramienta de la voluntad de poder, toda vez que el poder requiere de justificación la su accionar, pero por qué realizar su accionar en base a justificación de valores, si podría hacer la justificación de su poder en el amparo de la ejecución de su propio poder. Esta es la pregunta clave, que recae sobre el texto materia de cuestión, más aún si la realización de la meta de lo real es la guía vinculante que la ofrecía el “telos” de la justicia, pues este es precisamente la quintaescencia de su realización. Es así como el autor nos ubica dentro del desarrollo del proceso histórico del nihilismo[3], y por lo tanto en su ejecución.

Para resolver esta pregunta cabe, primero identificar cuál es el fin de la justicia, para qué la justicia debe de sustentarse y por qué ella debe de estructurarse con el fin de cumplir ese fin en sí misma. Precisamente ese fin en sí mismo ese objeto al cual se pretende llegar es la “verdad”, toda indagación[4] jurídica tiene por objeto concretar la obtención de un objeto, es decir que el juzgador[5] tenga la capacidad de conocer la verdad a través de la pruebas y la indagación que realice sobre el caso. De esta forma, el conocer se convierte en el fin de la indagación, con el conocimiento de la verdad se obtiene la justicia, por ende, el camino hacia la justicia es el del conocimiento. Partamos entonces frente a una aparente equivalencia (que para fines prácticos en este texto se tomará) la de verdad igual a conocimiento, es decir, una verdad se forma a partir del acceso o el descubrimiento de un conocimiento, ¿pero es posible llegar al conocimiento de un hecho? Para el análisis que nos propone Nietzsche el conocimiento es totalmente imposible, pues las condiciones de la experiencia (la capacidad cognoscitiva del sujeto) no corresponden con el objeto de experiencia (fenómeno)[6], máxime si Nietzsche considera que el mundo no corresponde a un cosmos (a una razón que le da forma), sino que es un caos y la construcción del razonamiento humano busca brindarle ese orden, el cual se hace imposible, pues el conocimiento no parte de la razón, sino del enfrentamiento constante de los instintos como la irá, el desprecio y la risa[7]. Esta comprensión del mundo nos lleva a un duda, es el “conocimiento” algo puro en el hombre, es decir tiene un origen (ursprung) o simplemente una invención (erfindung), esta respuesta se aclara cuando Nietzsche interpreta que el conocimiento carece de ursprung y es en todo caso sólo una erfindung, la cual sólo puede tener su explicación en la construcción del poder o- mejor dicho- del manejo del poder, por lo cual el conocimiento es un instrumento de poder que finalmente se convierte la política de la verdad. ¿Puede entonces existir una política de la verdad?

Sí, la política de la verdad existe tiene por finalidad el establecimiento de tres patrones: a) “el poder político como centro”, b) “el poder se ejerce haciendo preguntas, cuestionando, no se sabe la verdad, pero se procura saberla”. C) Para saber la verdad este proceso debe de ser dirigido por los notables”[8].Cabe precisar entonces que la verdad y por ende el acceso a la justicia se constituye como una herramienta de la indagación y ésta a su vez es un instrumento de control político, vale decir, una herramienta más de la voluntad de poder para seguir constituyéndose como tal en proceso infinito que representa la dialéctica del amo y del esclavo, por ello, la indagación (el mecanismo para el conocimiento de la verdad) será ante todo un instrumento de control por parte de quien detenta el poder para así alcanzar un objetivo determinado: la continuación de su poder. Considera Heidegger que la Voluntad de Poder precisamente se conforma de dos condiciones la de conservación y la de aumento, en ambas el manejo del poder está presente, así la función que ocupa la labor de conservación es la de sujetar al poder, vale decir que la justicia y la verdad no son más que meros instrumentos para la conservación de poder. Este “aumentar” no es otra cosa que la superación de los valores, por ende, Nietzsche considera que la existencia debe de ser la búsqueda por el cambio y la formación de valores que lleven al Super-hombre.

De aquí partimos para preguntarnos ¿Qué ansía la Voluntad de Poder?  ¿Puede considerarse a la justicia como mero instrumento del alcance a la Voluntad de Poder? Debemos de tener en cuenta que para el establecimiento de la metafísica moderna en Occidente usó como fundamento la certeza, en lo incondicionalmente indudable[9] para este fin la creencia en un punto que pueda sostener el sistema de valores, totalmente contrario a constante transformación y desvalorización que se produce en el proceso infinito de la Voluntad de Poder, así que donde ésta se convierte en la única fuente de justicia, pues la justicia ante todo es la ejecución de ”eternizar una relación de poder determinada”[10], esto quiere decir que el único fin justo es aquel que persigue y anhela la Voluntad de Poder, por lo que la justicia sólo encuentra su razón de ser en el aumento de ésta. ¿Significa esto la pérdida absoluta del orden preponderante para el hombre? En efecto, los valores al desvalorizarse pierden su función efectiva sobre el quehacer del hombre, cuya meta ahora es seguir la Voluntad de poder y esta a su vez tiene la expresión en la tarea de la constitución del hombre en labrar su propia auto-superación[11], la segunda condición necesaria de la Voluntad de Poder es precisamente la del aumento el cual tiene su expresión en parte en el arte, arte que se constituirá en la muestra de la voluntad de hombre en cuanto a la superación de su época, de su tiempo. Por ende, la “frase Dios ha muerto” no significa la pérdida total de un orden, tal como lo sostiene Heidegger esto es diferente, pues lo que anuncia el autor es el advenimiento del hombre como único responsable de su destino, de su emancipación y para posteriormente alcanzar la reafirmación de su vida, cabe decir, el deseo más profundo de querer volver a vivir todo lo vivido, pero que esto a su vez pueda constituirse en un fin artístico, es decir, en la tragedia.



[2] HEIDEGGER, Martin, “La Frase Dios ha muerto”, extraído de: http://www.heideggeriana.com.ar/textos/frase_nietzsche.htm (Visto el 19-10-2013)
[3] Heidegger, plantea en el texto “La Frase Dios ha muerto”, que Nietzsche realiza un análisis histórico del nihilismo como fuente de la
[4] Michael Foucault en su texto conocido como “La verdad y las formas jurídicas” establece el cambio histórico social que tiene el hecho del establecimiento de la justicia, desde el punto de estructurar el proceso de reivindicación de una afrenta a través del establecimiento de un proceso formalizado de la guerra (es decir de un enfrentamiento con reglas) las cuales luego del advenimiento del poder de las monarquías feudales cambiará al método de la indagación por el encuentro de la verdad.
[5] Foucault en el texto antes citado analiza el cambio hacia la acumulación de poder donde el planteamiento del derecho germánico de obtener la venganza como forma de reivindicación de una afrenta deja de ser un método válido para el control del poder y pasa a la intervención un tercero (el nacimiento de la figura del procurador) quien a través de la indagación pueda esclarecer lo que ocurrió con los hecho, pues estos se constituyen no sólo una lesión contra la víctima o sus familiares, sino también contra el poder del Monarca. La justa paga de la lesión producida por un asesinato por ejemplo será el embargo, lo cual aumentó el poder económico del Monarca que ahora controlaba las dirimencias de los particulares.
[6] FOUCAULT Michel, “La verdad y las formas jurídicas”, versión en pdf extraída de: http://pijamasurf.com/2013/09/libros-de-michel-foucault-digitalizados-y-listos-para-descargar-biblioteca-pijama-surf/, Pag. 27
[7] Íbidem Pag. 40
[8] Ídem. Pag. 41
[9] Op. Cit. Heidegger
[10] Ídem.
[11] Ídem.

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