Algunos apuntes sobre la postura del CIDH frente al caso Chavín de Huántar





La remisión del caso de supuestas ejecuciones extrajudiciales en contra del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es sin duda, más allá de una contienda de carácter jurídico, una estrategia política realizada con ciertos intereses como el desprestigio de la operación Chavín de Huántar y con ello deteriorar la imagen del Estado y las FF.AA ante la comunidad nacional. Sin embargo, cabe preguntarse por qué el apoyo tan abierto por parte de sectores de la izquierda peruana- a un grupo considerado terrorista-, uno de estos casos fue el de la literata Rocío Silva Santisteban, quien en su columna en La República defiende la postura adoptada por la CIDH ante el estado peruano bajo la premisa que de que son argumentos ad hominem, por lo tanto sin fundamento de real análisis sobre el tema jurídico[1], sin embargo, este no es solo un tema jurídico sino también de corte político muy importante para el país. Ante esto vayamos a los argumentos:

                La Comisión Interamericana de Derechos Humanos analiza en un su  informe 13/14 caso de Eduardo Nicolás Cruz y otros[2], en el cual se exponen los argumentos tanto como de la parte “aparentemente” agraviada y los argumentos de defensa por parte del Estado. La parte “aparentemente” agraviada argumenta que los cadáveres no fueron levantados por la fiscalía de la nación, sino por la fiscalía militar; sin embargo, el Estado realizó una nueva investigación con la exhumación de los cadáveres para abrir el proceso contra los comandos (en la vía militar, que fue delegado por la Corte suprema para ventilar el caso) y un proceso en la vía civil a Vladimiro Montesinos, Nicolás de Barri Hermosa, Jesús Aliaga Zamudio entre otros. El primer proceso contra los comandos fue archivado en octubre de 2003.

                De otro lado, los peticionarios argumentan que existen testigos que vieron a terroristas rendidos y maniatados, el testigo en cuestión es el ex secretario de la embajada de Japón en el Perú, durante la época de la toma de la embajada, quien mediante una carta desde su país declaró estos “supuestos” hechos. Con todo, cuán ciertas y objetivas pueden haber sido las declaraciones de Hidetaka Ogura, si esta persona- durante el tiempo del secuestro- tuvo una relación estrecha con los terroristas del MRTA, al punto de jugar ajedrez con ellos, además de su filiación de carácter marxista[3], sus conversaciones con Néstor Cerpa acerca de su admiración por Mariátegui[4]. Se sabe que el ex secretario tuvo problemas psicológicos, junto con su familia, luego del rescate, además que la expedición de la mencionada carta le costó el status de diplomático en Japón, por lo tanto podemos dudar de la imparcialidad de Hidetaka Ogura, pues se puede comprobar sus vínculos con la izquierda. Finalmente, cabe preguntarse, es posible ver a tres personas maniatadas en un lugar donde sólo se podía ver metro más allá de donde estaba la persona[5], esto si mencionar el caos que se vivía dentro de la embajada en la operación.

                Otro de los argumentos que asumen los peticionarios frente a la CIDH es el que consiste en el hecho de que los que ingresaron a la embajada no solo fueron  los comandos de Chavín de Huántar, sino también “gallinazos” quienes fueron los que asesinaron a los tres en una aparente situación extrajudicial; sin embargo, en las declaraciones brindadas por parte del comandante Jorge Pérez Villa (militar que estuvo presente en la operación), quien al rendir su manifestación en el caso “Chavín de Huantar” en la parte civil, declaró “Nunca se nos dijo que personal del SIN iba a ingresar a la residencia del embajador y menos para ayudar en la operación militar”, sumado a que en ningún momento vio a personas ajenas al comando que no hayan sido Huamán Azcurra y Zamudio[6]. Con esto podemos ver que el supuesto argumento de los gallinazos cae, pues los mismos militares que intervinieron en la operación declararon que no hubo de por medio ninguna intervención ajena a los comandos.

                El Estado al presentar la parte de su defensa sostiene los argumentos siguientes que son rebatidos por parte de la CIDH bajo los argumentos siguientes:

                Ante la decisión soberana del Estado peruano que dentro del poder judicial delega el caso al fuero militar, en el caso de los comandos, es evidente que la acción es realizada para  en primer lugar separar a los comandos de un juicio que es afrontado también por Vladimiro Montesinos y Nicolás Bari Hermosa, pues este hecho mancharía la reputación ganada por parte de los comandos; de otra parte, se buscar juzgar a los comandos dentro de fueron militar por tener competencia delegada por la corte suprema cuyo caso fue archivo- como se menciona líneas arriba- ya hace un buen tiempo-. Sin embargo, los peticionarios ante la Comisión Interamericana de DD.HH no consideran que la competencia del fuero militar sea considerada como un órgano competente para investigar dicho caso en el caso de los militares implicados. Esta postura es avalada por la Corte interamericana de DD.HH quien en sus jurisprudencias considera que el fuero militar no es el más apto para resolver Litis en materia de DD.HH[7]. En efecto, la CIDH, si falla a favor de los peticionarios obligaría al Estado a que se abra proceso nuevamente contra los comandos, además que tenemos que asumir que posiblemente no existió intervención alguna de los llamados “gallinazos”, pues de ser así se estaría juzgando a comandos que arriesgaron su vida por la patria.

                Tras las declaraciones del Ministro de Justicia, Juan Jiménez, donde manifestó que la CIDH fue ligera al llevar el presente caso a ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos[8];en las declaraciones expresadas por el ministro podemos destacar que la propuesta del Estado pasa por declarar que la intervención de la CIDH fue ligera, puesto que se ha abierto un juicio a las personas supuestamente culpables de ejecuciones extrajudiciales en el caso Chavín de Huántar; sin embargo, la comisión argumenta que el Estado tiene como herramienta de defensa el juzgamiento en el interior del país, pero que este derecho se podrá perder de forma expresa o tácita- tácita cuando el Estado no emita de forma expresa un documento pidiendo que se respete el juicio en la competencia nacional-; sin embargo, la Comisión IDH argumenta que el Estado no envío una solicitud expresa, sino y solamente informes de los avances del proceso judicial. Ante esto la comisión pide que se lleve el caso para ser investigado por la corte[9].

                Es lamentable que la Comisión dentro de su petitorio exija que de llevarse el caso a la corte y ser resuelto a favor de los supuestos agraviados se tenga que dar una indemnización económica (que parece que es el gancho por el cual las ONGs velan tanto por estos casos) y una indemnización moral[10], es decir, una disculpa pública por parte del Estado a los terroristas (en este caso los tres muertos en aparente situación extrajudicial) lo que ocasionaría un grave daño a la imagen de la operación, a las FF.AA ya que esta operación exitosa es uno de los estandartes del ejército de nuestro país visto muchas veces con malos ojos por la sociedad peruana por la carencia de victorias, además de un insulto a la vida los caídos en combate que ofrecieron su vida por nuestra patria. De hacerse realidad este hecho se condenaría al Estado peruano- y la gloriosa operación de Huántar- a la pérdida de credibilidad en el extranjero, como lo declara UNIVISIÓN "A 14 años de los hechos, el Estado peruano no ha llevado a cabo una investigación diligente y efectiva de los hechos, ni ha determinado las responsabilidades sobre los autores materiales e intelectuales de los mismos[11]".

Es por ello que exhortamos a las autoridades a que tomen una decisión firma para modificar las competencias de la corte en nuestro país, pues es inaceptable que por un mero formalismo se abra un proceso a nuestro país, olvidando el dolor, la sangre y la vida de todos los patriotas que murieron en la causa justa de liberar al país del terror. Es evidente que el peso político de arrastrar al estado peruano hacia un fallo negativo por parte de CIDH traería consigo repercusiones políticas inmediatas y a largo plazo, pues robustecería las filas de los movimientos radicales de izquierda en el Perú, debilitaría la imagen del Estado y las FF.AA ante la comunidad peruana e internacional y abriría un proceso en cual la opinión pública empezaría a ver a los terroristas como víctimas de una guerra y no como los agresores contra el orden social y el Estado. Esperamos que el estado peruano sepa defender de manera prudente la postura de la mayoría de peruanos que rechazamos el terror y esperamos que reformule la competencia que tiene la CIDH, pues no podemos permitir que un organismo que declara inocentes a terroristas como Alfredo Crespo[12].
               


[1] Extraído de: http://www.larepublica.pe/columnistas/kolumna-okupa/barrio-de-broncas-01-01-2012, Diario La República-edición online, Rocío Silva, Kolumna ocupa- “Barrio de Broncas”, 10/01/12
[2] http://www.cidh.org/annualrep/2004sp/Peru.136.03.htm Este es el presente link del informe presentado por la CIDH.
[3] Extraído de: http://lamula.pe/2011/12/16/los-enemigos-de-la-democracia-dentro-del-sistema-legal/xileone  “Los enemigos de la democracia dentro del sistema legal”, La Mula, 15-01-12
[4] Extraído de: http://www.justomedio.com/57938/hidetaka-ogura-mantendria-vinculos-con-el-mrta-aseguran/ “Hidetaka Ogura mantendría vínculos con el MRTA” Revista  “Justo Medio”, edición virtual, 30 de diciembre de 2011. 15-01-12.
[5] Extraído de: http://www.youtube.com/watch?v=uwx7xnhxGdc&feature=related  “Polémico debate entre RocÍo Silva Santiesteban y el General (R) Roberto Chiabra, 28-12-11. Préstese atención a las declaraciones de la hermana del comando Juan Valer Sandoval, acerca de la toma de la Embajada.
[6] Extraído de: http://elcomercio.pe/politica/1359662/noticia-comando-chavin-huantar-nunca-se-nos-dijo-que-personal-sin-iba-ingresar, “Nunca se nos dijo que personal del SIN iba a ingresar”, El Comercio, edición online, 11-01-12, visto el 15-01-12.
[7] Op. Cit. Informe de la CIDH sobre el caso Eduardo Nicolás Cruz
[8] Extraído de: http://gestion.pe/noticia/1352003/peru-pedira-reestructurar-competencia-cidh “Perú pedirá restructurar competencia de la CIDH”, Diario Gestión, 14 de enero de 2012, visto el 15-01-12.
[9] Op. Cit. Informe de la CIDH sobre el caso Eduardo Nicolás Cruz
[10] Extraído de: http://www.youtube.com/watch?v=uwx7xnhxGdc&feature=related  “Polémico debate entre RocÍo Silva Santiesteban y el General (R) Roberto Chiabra, 28-12-11. Escúchese las declaraciones del General cuando increpa a la periodista, además de sus declaraciones acerca de la instrucción sobre DD.HH que se lleva en el ejército del país.
[11] Extraído de: http://feeds.univision.com/feeds/article/2011-12-30/cidh-remite-a-corte-ejecuciones “CIDH remite a Corte a secuestradores en Lima 1997”, Univisión noticias.com, 12-30-11, Visto el 15-01-12. Nótese la ligereza con la cual UNIVISIÓN remite esta noticia y no realiza una información correcta acerca del tema, puesto que acusa al Perú de no hacer llevar un proceso diligente, cuando la Comisión al parecer presionada por algún interés denuncia el caso por la no presentación del documento expreso para declarar el Derecho de resolver primero en la competencia nacional el caso en litigio.
[12] Extraído de: http://lamula.pe/2012/01/17/beto-ortiz-no-voy-a-tener-mas-tiempo-en-mi-estudio-al-defensor-de-un-asesino/yogsototh “Entrevista a Luz Salgado y Alfredo Crespo”, Porgrama “Abre los ojos”- Frecuencia Latina, extraído de la Mula.pe, 17-01-12, Visto 18-01-12.

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